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IRPF 2021: Deducciones en obras de Rehabilitación de viviendas que no te puedes olvidar

El plazo para presentar la declaración de la renta está abierto hasta el próximo 30 de junio. En ella, recuerda que puedes deducirte 3 tipos de deducciones por la rehabilitación de viviendas.

Existen tres tipos de deducciones estatales por inversión en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada y en los edificios residenciales, acreditadas a través del certificado de eficiencia energética.

El Art. 1. Cinco Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de Tributos Cedidos, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre.  Regula la deducción autonómica por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables en la Comunidad Autónoma de Murcia y que debe contar con un reconocimiento previo de Administración.

No son deducibles las obras en plaza de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones y otros elementos análogo, ni partes destinadas a actividades empresariales.  

En edificios residenciales incluye obras en viviendas y las plazas de garaje y trasteros adquiridos con estas.

Tipos de deducciones.

  1. Deducción del 20% del importe de las obras (máximo 5.000 euros) realizadas entre 06-10-2021 y 31.12.2022 para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Máximo 1.000 euros.
  2. Deducción del 40% del importe de las obras (máximo 7.500 euros) realizadas entre 06-10-2021 y 31.12.2022 para la mejora en el consumo de energía primaria no Máxímo 3.000 euros.
  3. Deducción del 60% por obras de rehabilitación energética de edificios residenciales realizadas entre 10.2021 y 31.12.2023 (Base máxima 5000 euros) . Posible compesación en los 4 ejercicios siguiente hasta 15.000 euros.
  4. Deducción del 10% por inversiones realizadas en ejecución de proyectos de instalación de recursos energéticos procedentes de las fuentes de energías renovables. Máximo 1.000 euros.

Requisitos

  • La 1,2 y 3 son estales y el beneficiario deberá contar con dos certificado de eficiencia energética.
  • Uno previo, antes de iniciar la obra.
  • Uno posterior a la finalización de la obra.
  • En la 1 deberá reducise la demanda en al menos un 7% de los indicadores.
  • En la 2 Y 3 deberá reducise la demanda en al menos un 30% de los indicadores o bien obtengan una calese energética A o B.
  • Máximo dos años entre ambos certificados
  • Período impositivo a aplicar la deducción será en el que emita el certificado que deberá ser anterior al 1 de enero de 2023 en la 1 y 2 y 1 de enero de 2024 en las 3.

La 4 es autonómica y requiere un reconocimiento previo de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial.

Reducir la demanda de calefacción y refrigeración

En la nueva declaración de la renta de este año 2021, rehabilitar una vivienda para reducir la demanda de calefacción y refrigeración, supone un beneficio económico para los contribuyentes. En concreto, se podrán deducir un 20 % de IRPF. Para ello, uno de los requisitos es que se consiga reducir en un 7 % la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda expedido por el técnico competente posterior a las obras respecto del anterior, antes del inicio de las mismas.

El plazo para realizar las obras y abonarlas es desde el 06-10-2021 hasta el 31-12-2022.
 
La base máxima anual por declaración es de 5.000 €

Mejora en el consumo de energía primaria

Esta es una deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable. El porcentaje de deducción es de un 40 % en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética. 
El certificado de después de las obras debe ser expedido antes 1-1-2023.
 
Uno de los requisitos para esta deducción es que se exige la reducción de al menos un 30 % del indicador de consumo de energía no renovable primaria o se obtenga una calificación energética de «A» o «B» (certificado de eficiencia energética de la vivienda posterior a las obras respecto al anterior).
 
La base máxima anual por declaración es de 7.500 €.

Obras de rehabilitación energética en edificios

Esta deducción es para todo tipo de viviendas en propiedad, salvo viviendas afectadas a actividades económicas. Se asimilan a las viviendas las plazas de garaje y trasteros adquiridos conjuntamente.
El plazo para realizar las obras y abonarlas es desde el 6-10-2021 hasta el 31-12-2023.
 
La deducción se practicará en los períodos impositivos 2021, 2022 y 2023, en relación con las cantidades satisfechas en cada uno de ellos, siempre que se hubiera expedido, antes de la finalización del período impositivo en el que se vaya a practicar la deducción, el certificado de eficiencia energética. 
 
Uno de los requisitos para conseguir esta deducción es que se consiga una reducción de un 30 % el indicador de consumo de energía primaria no renovable o se obtenga una calificación energética de «A» o «B» (certificado de eficiencia energética de la vivienda posterior a las obras respecto al anterior).

La base máxima anual por declaración es de 5.000 €.