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Nuevo Impuesto a los Gases Fluorados

Como sabes, el Gobierno introdujo, el pasado sábado 9 de julio de 2022, una reforma del Impuesto a los Gases Fluorados (IGF) que, con su aprobación, a partir del 1 de septiembre de 2022 extiende este gravamen a las nuevas importaciones y fabricaciones. ⚠️

¿Qué cambia en este impuesto?

El impuesto de gases fluorados grava la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de gases fluorados en España de PCA mayor a 150. El tipo impositivo será del 0,015 sobre PCA con un límite máximo de 100 euros por kg. En caso de desconocer el PCA se aplicará 100 euros por kg.

¿A quién afecta este gravamen?

A las empresas y profesionales fabricantes o distribuidores de gases fluorados o máquinas precargadas, ya sea en envases o incorporados. Las compraventas en territorio nacional NO cargan con este impuesto, por lo que nuestra clientela está exenta del pago de este gravamen, liquidación o burocracia.

¿Se mantienen exenciones?

No. Se eliminan la exención de primera venta, la exención por incorporar sistemas fijos de extinción de incendios y la exención a las escuelas de formación.
En los tres casos aplicará el impuesto si importan gases fluorados o máquinas precargadas.

¿Qué gases son sensibles a este impuesto?

El impuesto recae sobre los hidrofluorocarburos (HFC), los perfluorocarburos (PFC) y el hexafluoruro de azufre (SF6), así como las mezclas que los incluyan.

¿Hay cambios respecto al CAF (Código de Actividad de los Gases Fluorados)?

Sí, el CAF desaparece para profesionales de distribución e instalación, por lo que deja de existir la figura del ‘revendedor€’, que evitaba anticipar el impuesto a Hacienda antes de recargar el gas.

Sin embargo, el CAF se mantiene únicamente para almacenistas que importan gas, que sí podrán comprar sin impuesto pero deberán liquidar a la venta.

Las empresas y profesionales no considerados almacenistas que pierdan el CAF deberán liquidar de golpe el impuesto por el gas fluorado que tuvieran almacenado a la entrada en vigor de la ley y declarar en Septiembre su stock a fecha de 01/09.

Pueden pedir la inscripción como almacenista todas las empresas inscritas en el Registro Territorial como fabricantes/adquirientes intracomunitarios o importadores.

¿Qué consecuencias tendrá este gravamen?

El extra-coste que supone este impuesto puede encarecer entre un 1% y un 10% el coste de productos e instalaciones.

A nivel medioambiental, también tiene efectos. Por un lado, se pierde el incentivo a la renovación de equipos más eficientes y, por el otro, penaliza la contribución de la bomba de calor, cuyos beneficios son muy superiores al potencial perjuicio causado por una fuga de gas.